CONTRATOS, INTERPRETACIÓN DE LOS.
Al establecer el artículo 1851 del Código Civil para el Distrito Federal, idéntico al 1748 del Código Civil de Nuevo León, que si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas, y si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente, prevalecerá ésta sobre aquéllas, ha reconocido el principio de que la interpretación de los contratos debe limitarse a los casos en que se hace necesaria, porque si los términos del contrato son claros, la interpretación no tiene razón de ser, pues se entiende que en aquellos términos está precisamente la voluntad de los contratantes; de ahí que siendo clara la letra de un contrato, no cabe, con pretexto de su interpretación, alterar o cambiar su sentido literal.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/197153-b970656d/contratos-interpretacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATOS INTERPRETACION DE LOS. (s/clave)
- CONTRATOS. PARA SU INTERPRETACIÓN, EN CASO DE CONTROVERSIA, EL ÓRGANO JURISDICCIONAL NO SÓLO DEBE TOMAR EN CONSIDERACIÓN LO ESTABLECIDO EN ELLOS DE MANERA FORMAL Y MATERIAL, SINO A (I.8o.C.255 C )
- INTERPRETACIÓN DE CONTRATOS. OBLIGACIÓN DEL JUZGADOR DE SERVIRSE DE LAS REGLAS QUE SEAN IDÓNEAS PARA ESE PROPÓSITO, DISPUESTAS POR EL LEGISLADOR, EN CUANTO PUEDAN APOYAR RAZONABLEM (I.14o.C.81 C)
- CONTRATOS MERCANTILES. INTERPRETACION DE LOS. (s/clave)
- CONTRATOS. INTERPRETACION PARA EFECTOS FISCALES. (s/clave)
- CONTRATOS, INTERPRETACION DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis