Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

APELACIÓN EN MATERIA CIVIL. ES IMPROCEDENTE DICHO RECURSO CONTRA LA RESOLUCIÓN DICTADA EN EL INCIDENTE PARA OBTENER LA DISMINUCIÓN DE UNA PENSIÓN DENTRO DE LA ETAPA DE EJECUCIÓN DE LA PROVIDENCIA PRECAUTORIA DE ALIMENTOS PROVISIONALES, DERIVADA DEL JUICIO ORDINARIO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

Clave: XIX.1o.A.C.1 C (10a.) · Registro digital (IUS): 2000193 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro V, Febrero de 2012; Tomo 3; Pág. 2251

Del artículo 146 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tamaulipas se advierte que, a fin de establecer si contra una resolución incidental puede interponerse el recurso de apelación, es menester determinar si la sentencia que se dicte en el juicio del que derive tal incidencia es apelable, debiendo tener en cuenta si, atendiendo a la naturaleza propia de aquélla, se actualiza alguna excepción a la regla general de procedencia de dicho recurso. Bajo ese contexto, si bien es cierto que, en principio, puede considerarse que contra la resolución dictada en el incidente para obtener la disminución de una pensión dentro de la etapa de ejecución de la providencia precautoria de alimentos provisionales, derivada del juicio ordinario sobre reconocimiento de paternidad procede la apelación, dado que el artículo 469 del citado código establece la posibilidad de hacer valer el señalado medio de impugnación respecto de las sentencias que se dicten en los juicios ordinarios, también lo es que el numeral 441 del propio ordenamiento proscribe la admisión de recursos en la ejecución de una medida precautoria. Por tanto, el recurso de apelación contra la referida resolución incidental es improcedente.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2000193-f88aeae3/apelacion-en-materia-civil-es-improcedente-dicho-recurso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 228/2011. 23 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Villanueva Chávez. Secretaria: María Inés Hernández Compeán.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis