CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. ESTÁ LEGITIMADO PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA DETERMINACIÓN DEL JUEZ DEL PROCESO PENAL FEDERAL QUE DECRETA EL ABANDONO DEL NUMERARIO AFECTO A LA CAUSA A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL Y LO PONE A DISPOSICIÓN DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES (SAE).
El Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que las personas morales oficiales pueden actuar con un doble carácter: como entes dotados de poder público y como personas morales de derecho privado; en el primer caso, su acción proviene del ejercicio de las facultades estatales de las que están investidos, mientras que en el segundo, obran en condiciones similares a los particulares, esto es, contraen obligaciones y adquieren derechos de la misma naturaleza y forma que aquéllos; de manera que contra las determinaciones que les sean desfavorables están legitimadas para promover juicio de amparo. En tal virtud, si a través de un proceso penal federal que se encuentra en la fase de ejecución, el juzgador decidió poner el numerario afecto a la causa a disposición del SAE -al causar abandono a favor del Gobierno Federal-, el Consejo de la Judicatura Federal está legitimado para promover juicio de amparo indirecto, ya que aun cuando tiene la calidad de persona moral oficial, en la especie no actúa como un ente dotado de poder público, sino como persona moral de derecho privado, por lo que se ubica en la hipótesis del artículo 9o. de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013, en tanto que el acto que reclama de un Juez de Distrito, emitido en su función jurisdiccional -aspecto en el que no guarda dependencia con el Consejo de la Judicatura Federal-, afecta sus intereses patrimoniales, al no poder obtener el dominio pleno del numerario correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2003513-acde8531/consejo-de-la-judicatura-federal-esta-legitimado-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. TIENE LA CALIDAD DE TERCERO EXTRAÑO AL JUICIO PENAL FEDERAL EN EL QUE SE DECRETA EL ABANDONO DEL NUMERARIO AFECTO A LA CAUSA A FAVOR DEL GOBIERNO (2a. XLIX/2013 (10a.))
- SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES (SAE). CARECE DE INTERÉS JURÍDICO O LEGÍTIMO CUANDO PROMUEVE JUICIO DE AMPARO CONTRA UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL DICTADA EN UNA CAUSA (I.6o.P.91 P (10a.))
- CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. ESTÁ LEGITIMADO PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL JUEZ DEL PROCESO PENAL QUE LE NIEGA LA ENTREGA MATERIAL DE UN BI (1a. LVIII/2012 (10a.))
- SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES (SAE). CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA RECLAMAR EN AMPARO INDIRECTO EL ACUERDO DEL JUEZ DE LA CAUSA QUE DECLARA EL ABANDONO DEL N (I.2o.P.55 P (10a.))
- AUTORIDAD QUE TRAMITÓ EL PROCEDIMIENTO DE DONDE SURGIÓ LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER AMPARO, AUN CUANDO EN A (XXI.2o.P.A.119 A)
- CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. ESTÁ LEGITIMADO PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO CONTRA EL COBRO DE CONTRIBUCIONES. (P. XXV/2010)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis