CERTIFICADO DE RESERVA DE DERECHOS AL USO EXCLUSIVO. LA PREVISIÓN DE ESTA INSTITUCIÓN JURÍDICA EN LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR RESPECTO DE UN PERSONAJE FICTICIO, NO IMPLICA QUE SU PROTECCIÓN SE ENCUENTRE CONDICIONADA A SU INSCRIPCIÓN ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR, CUANDO EL PERSONAJE TENGA SU ORIGEN EN UNA OBRA.
El artículo 173, fracción III, de la Ley Federal del Derecho de Autor prescribe que el certificado de reserva de derechos otorga a su titular la prerrogativa de usar y explotar en forma exclusiva el nombre y las características físicas y psicológicas distintivas de un personaje ficticio. Por otro lado, dicho personaje puede ser materializado por su creador a través de medios muy diversos, entre los cuales se encuentran expresiones artísticas y literarias (novelas, tiras cómicas, caricaturas, obras de teatro, programas radiofónicos, películas, series de televisión, etcétera) que el ordenamiento referido protege desde el momento en que son fijadas en un soporte material (principio de no formalidad). Por tanto, la inclusión de la institución jurídica del certificado de reserva de derechos al uso exclusivo en la Ley Federal del Derecho de Autor no debe interpretarse en el sentido de que la protección de un personaje ficticio esté condicionada a que se obtenga el certificado respectivo, con independencia de que forme parte de una obra, ya que dicha interpretación atentaría contra la unidad que conforman los elementos de una obra que, considerada como un todo o en sus partes, está protegida sin necesidad de inscripción alguna. Por ende, a efecto de hacer funcional dicha institución jurídica respecto de un personaje ficticio cuyo origen sea una obra literaria o artística, debe entenderse que, en ese supuesto, el certificado únicamente tiene como finalidad otorgar una protección adicional y no autónoma de aquella que ya les provee el derecho autoral para la explotación de un personaje que hubiera adquirido mayor relevancia, pero sin ser desvinculado de la obra.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2005067-b31266f8/certificado-de-reserva-de-derechos-al-uso-exclusivo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PERSONAJES FICTICIOS. SE ENCUENTRAN PROTEGIDOS EN MÉXICO SIN NECESIDAD DE REGISTRO ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR, SI FORMAN PARTE DE UNA OBRA. (I.1o.A.33 A (10a.))
- DERECHOS DE AUTOR, REGISTRO DE. IMPUGNACION VIA JUDICIAL Y PRECEDENTE ADMINISTRATIVO. (s/clave)
- DERECHOS DE AUTOR, REGISTRO DE. IMPUGNACION VIA JUDICIAL Y PRECEDENTE ADMINISTRATIVO. (s/clave)
- TRADUCCIÓN AL ESPAÑOL DE LAS PALABRAS QUE CONFORMAN EL NOMBRE DE UN PERSONAJE FICTICIO. EL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR ESTÁ FACULTADO PARA REALIZARLA A EFECTO DE VERIFI (I.1o.A.35 A (10a.))
- DERECHOS DE AUTOR, OBJETO DE LA LEY FEDERAL DE. (s/clave)
- DERECHO DE AUTOR. INFRACCIÓN EN MATERIA DE COMERCIO PREVISTA EN EL ARTÍCULO 231, FRACCIÓN II, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA. (I.1o.A.83 A (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis