AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA ACTOS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA QUE SEAN DE IMPOSIBLE REPARACIÓN CUANDO AFECTEN DERECHOS SUSTANTIVOS AJENOS A LA COSA JUZGADA.
El artículo 107, fracciones IV y V de la Ley de Amparo, vigente a partir del tres de abril de dos mil trece, dispone los supuestos de procedencia del amparo en la vía indirecta que comprenden todos los actos que pueden llevarse a cabo fuera y dentro de un procedimiento judicial, así como después de concluido, en ejecución de una sentencia. En la Ley de Amparo abrogada, esa regulación con alguna diferencia, estaba en el artículo 114, fracciones III y IV, que fueron interpretadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de que el concepto de ejecución de imposible reparación entendido como la afectación directa e inmediata a un derecho sustantivo, podía ser aplicada para los actos en ejecución de sentencia, a condición de que se tratase de afectación a derechos sustantivos ajenos a la cosa juzgada. Así, deriva de la jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de justicia de la Nación, Novena Época, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXXIII, mayo de 2011, página 5, de rubro: "EJECUCIÓN DE SENTENCIA. EN CONTRA DE LA INTERLOCUTORIA FIRME QUE DESESTIMA LAS EXCEPCIONES SUSTANCIALES Y PERENTORIAS, ASÍ COMO LAS DEFENSAS U OTROS ACTOS QUE TIENDAN A DETENER O INTERRUMPIR LA EJECUCIÓN DE UNA SENTENCIA, PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO DE MANERA INMEDIATA, YA QUE RESULTAN ACTOS DE IMPOSIBLE REPARACIÓN.". Ese criterio, en cuanto a la aplicación del concepto de ejecución de imposible reparación con la definición que hace la actual fracción V del artículo 107, es aplicable al caso de la nueva Ley de Amparo. Por tanto, procede el juicio de amparo indirecto contra actos en juicio o en ejecución de sentencia que sean de imposible reparación, entendida como la afectación material directa a un derecho sustantivo, solamente que en ejecución debe tratarse de derechos ajenos a la cosa juzgada.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2007139-b60c8f9b/amparo-indirecto-procede-contra-actos-en-ejecucion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EJECUCIÓN DE SENTENCIA. EN CONTRA DE LA INTERLOCUTORIA FIRME QUE DESESTIMA LAS EXCEPCIONES SUSTANCIALES Y PERENTORIAS, ASÍ COMO LAS DEFENSAS U OTROS ACTOS QUE TIENDAN A DETENER O I (609)
- EJECUCIÓN DE SENTENCIA. EN CONTRA DE LA INTERLOCUTORIA FIRME QUE DESESTIMA LAS EXCEPCIONES SUSTANCIALES Y PERENTORIAS, ASÍ COMO LAS DEFENSAS U OTROS ACTOS QUE TIENDAN A DETENER O I (1a./J. 19/2011)
- AMPARO INDIRECTO. SU PROCEDENCIA TRATÁNDOSE DE ACTOS DICTADOS DESPUÉS DE CONCLUIDO EL JUICIO, AUTÓNOMOS A LA COSA JUZGADA. (I.3o.C.116 K)
- AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LAS OMISIONES, EVASIVAS O RETARDO EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA, QUE SE TRADUZCAN EN LA INEJECUCIÓN DEL FALLO, AL SER ACTOS JURISDICCIONALE (VI.2o.C.272 K)
- AMPARO INDIRECTO, PROCEDENCIA DEL, POR VIOLACIONES EN EL INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA QUE NO PODRÁN HACERSE VALER EN LA ÚLTIMA RESOLUCIÓN DICTADA EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN DE (I.7o.C.22 K )
- EJECUCIÓN DE SENTENCIA. EN EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO NO EXISTEN ACTOS CUYA EJECUCIÓN SEA DE IMPOSIBLE REPARACIÓN, DE LOS PREVISTOS EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 114 DE LA LEY DE (I.5o.C. J/9 )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis