Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

RECURSO DE QUEJA. ES IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO QUE DESECHA EL INCIDENTE DE TACHAS A LOS TESTIGOS EN EL AMPARO.

Clave: VI.1o.C.10 K (10a.) · Registro digital (IUS): 2010584 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Noviembre de 2015; Tomo IV; Pág. 3637

De la lectura del artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo, se concluye que los supuestos de procedencia del recurso de queja, son los siguientes: a) que la resolución que se impugna sea dictada durante la tramitación del juicio de amparo o del incidente de suspensión; b) que dicha resolución no admita expresamente el recurso de revisión; y, c) que por su naturaleza trascendental y grave tal resolución pueda causar daño o perjuicio a alguna de las partes no reparable en la sentencia definitiva. De ahí que dicho recurso sea improcedente contra el auto que desecha el incidente de tachas a los testigos en el amparo, al no causar una afectación actual, inmediata e irreparable al promovente en el trámite del juicio, toda vez que la posible violación procesal de que pudiera ser objeto, quedaría sin efecto de obtener sentencia favorable, ya que el valor probatorio que, eventualmente, el Juez constitucional otorgue a dicha probanza, será materia de dicho fallo; y de trascender en perjuicio del interesado, tendrá expedito su derecho de defensa, a través del recurso de revisión, en el que podrá plantear lo conducente a las tachas.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2010584-477af3cb/recurso-de-queja-es-improcedente-contra-el-auto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 89/2015. José Manuel Loranca Calva. 25 de junio de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Rosa María Temblador Vidrio. Secretario: Benito Andrade Arroyo.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis