PATERNIDAD, ACCION DE INVESTIGACION DE LA. PROCEDE AUN CUANDO EL HIJO CONCEBIDO NACIERE DESPUES DEL FALLECIMIENTO DEL PRESUNTO PADRE, DE ACUERDO CON LA INTERRELACION DE LAS DISPOSICIONES SUSTANTIVAS APLICABLES.
De acuerdo con el sistema que rige para el Estado de Nayarit, es permisible que se investigue la paternidad de los hijos nacidos fuera de matrimonio en los casos enunciados limitativamente por el artículo 374 del Código Civil respectivo, ya que tal acción puede válidamente ejercitarse hasta antes de cuatro años de que el presunto hijo cumpla su mayoría de edad, siempre que los padres hubieren fallecido al ser éste menor de edad. En cambio, en el título correspondiente de dicho Código, no se prevé el ejercicio de dicha acción para los hijos concebidos y que hubiesen nacido con posterioridad a la muerte del presunto padre, motivo por el que para esclarecer en estricta justicia y con plena sujeción a derecho esa cuestión, indefectiblemente debe ocurrirse a la interrelación armónica de los artículos 22, 357, 375 y 380 del preinvocado ordenamiento. Así, al ser incuestionable que todo individuo entra bajo la protección y tutela de la ley desde el momento de su concepción e incluso se le tiene por nacido en tanto puede ser correcta y formalmente reconocido antes de su nacimiento, resulta incontrovertible que conforme a derecho sí es factible la investigación de la paternidad en la legislación civil del Estado de Nayarit, por generarse la relación paterno-filial con todas las consecuencias que se patentizan al nacer el hijo. De consiguiente, en estricta lógica jurídica, no podrá coartarse a aquél su derecho de ejercitar la acción respectiva, obviamente a través de su representante legítimo al prevalecer su minoría de edad.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/201755-98163f21/paternidad-accion-de-investigacion-de-la-procede-aun · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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