INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 209, ULTIMO PARRAFO DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE).
El último párrafo del artículo 209 del Código Fiscal de la Federación viola el artículo 14 constitucional, porque al establecer que se tendrá por no presentada la demanda cuando no se adjunten los documentos especificados de las fracciones I a IV del mismo dispositivo ordinario, está determinando una consecuencia desproporcionada a la omisión formal en que pueda incurrir el demandante, rompiendo el equilibrio entre las partes e impidiendo al gobernado alegar y probar en contra del acto de la autoridad administrativa, dejándolo así en estado de indefensión, para eliminar la prevención que constituye una forma procesal elemental de defensa y oportunidad para el gobernado, por ello, tal proceder viola las formalidades esenciales del procedimiento, como parte integrante de la garantía de audiencia consagrada en el citado precepto constitucional.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/203231-1f980b0b/inconstitucionalidad-del-articulo-209-ultimo-parrafo-del-codigo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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