Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS. TESTIMONIAL E INSPECCION OCULAR OFRECIDAS EN EL INCIDENTE DE FALSEDAD DE DOCUMENTOS PREVISTO EN EL ARTICULO 153 DE LA LEY DE AMPARO. EL ANUNCIO CORRECTO EL DIA DE LA AUDIENCIA.

Clave: V.2o.16 K · Registro digital (IUS): 203466 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Enero de 1996; Pág. 333

Cuando el tercero perjudicado ofrece pruebas testimoniales e inspecciones oculares en el incidente de falsedad de documentos que hace valer en contra de las exhibidas con la demanda de garantías, el mismo día de la audiencia, ese ofrecimiento se ajusta a lo dispuesto en el artículo 153 de la Ley de Amparo, que regula el mencionado incidente; y no requiere del anuncio previo de las pruebas, establecido en el diverso numeral 151 del citado ordenamiento legal.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/203466-8085c7ea/pruebas-testimonial-e-inspeccion-ocular-ofrecidas-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 249/95. Miguel Guadalupe Lamadrid Olivas. 26 de octubre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: Ramón Parra López.

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