OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. SI LA PARTE ACTORA NO SE PRESENTA EN LA AUDIENCIA DE LEY, NO POR ELLO DEBE ESTIMARSE DE MALA FE EL.
El ofrecimiento del trabajo hecho al actor sí reúne los requisitos legales que para ello establece la Ley Federal del Trabajo, toda vez que la demandada al dar contestación al escrito de demanda presentado por la parte actora, asentó la parte relativa al ofrecimiento de trabajo, mismo que ratificó de manera expresa en la audiencia de conciliación, demanda, excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, etapa procesal ésta que es en la que legalmente se debe ofrecer, en su caso, el trabajo a la parte actora, y si, en dicha audiencia no se encontró presente la parte actora, no por ello, se puede declarar ilegal tal ofrecimiento, puesto que era obligación procesal del actor acudir, si a sus intereses convenía, a la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas y si no lo hizo así, esa falta de comparecencia no le puede irrogar perjuicio a su contraparte, en el sentido de que el ofrecimiento de trabajo no sea considerado como legal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204069-dd92c999/ofrecimiento-del-trabajo-si-la-parte-actora-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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