OFRECIMIENTO DE TRABAJO NO ES DE MALA FE, SI SE OFRECE LA REANUDACION DE LABORES CON UN DIA DE DESCANSO.
Si la demandada en su contestación no precisa cuál era el día en que descansaba el accionante, y no obstante ofrece la reanudación de la relación de trabajo, es claro que la falta de señalamiento de ninguna forma es dato que conlleve a estimar que existió mala fe en la oferta de trabajo, pues si el trabajador adujo que durante el desempeño de sus labores no disfrutaba de un día de descanso a la semana, exigiendo su liquidación, es evidente que la demandada al ofrecer la continuación del nexo laboral con el otorgamiento de un día de descanso por cada seis laborados, con ello no está poniendo obstáculo o cortapisa alguna a que se reanude la prestación del servicio, sino que está cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo, que concede el derecho a los trabajadores de disfrutar un día de descanso por cada seis de labores, amén de que el dispositivo en comento no menciona cuál debe ser el día de descanso.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204800-e7647395/ofrecimiento-de-trabajo-no-es-de-mala-fe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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