Corpus
Modo: Corpus Pro

SUSPENSION PROVISIONAL. SU CONCESION NO PREJUZGA SOBRE LA DEFINITIVA.

Clave: XII.2o. 21 K · Registro digital (IUS): 209181 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 274

La circunstancia de que el juez de Distrito conceda a la parte quejosa la suspensión provisional del acto que reclama en amparo, no lo obliga a otorgar la suspensión definitiva, si se atiende a que la resolución de suspensión dictada con el carácter de provisional, precisamente por su naturaleza, en ninguna forma prejuzga sobre la definitiva, que puede o no concederse, según los datos que arrojen el informe previo de las autoridades responsables y las pruebas rendidas.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/209181-6b2aec9b/suspension-provisional-su-concesion-no-prejuzga-sobre-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Incidente en revisión 311/94. Diana Unzón Abaroa. 31 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Abraham S. Marcos Valdés. Secretario: Manuel González Díaz.

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