LAUDO. AUTO QUE RESUELVE LA ACLARACION DEL.
De conformidad con el artículo 847 de la Ley Federal del Trabajo, la aclaración del laudo únicamente procede para corregir o precisar algún punto, sin que pueda variarse el sentido de la resolución, sin embargo, en el caso de que algunos trabajadores desistan de la acción, antes de que se cierre la instrucción, y no obstante ello, la Junta de Conciliación los incluya al dictar laudo favorable, tal circunstancia da motivo a la aclaración del mismo, a fin de que se exonere a la parte demandada del pago de prestaciones respecto de ellos, lo que no se contrapone con lo dispuesto en el citado numeral, habida cuenta de que el desistimiento de la acción laboral, produce el efecto de perder el ejercicio del derecho que el actor hizo valer en el juicio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/209521-e7c20d89/laudo-auto-que-resuelve-la-aclaracion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LAUDO, ACLARACION DEL. NO PROCEDE SI LO QUE SE PRETENDE ES IMPUGNAR CUESTIONES QUE ATAÑEN AL FONDO. (s/clave)
- ACLARACIÓN DEL LAUDO, SOBRESEIMIENTO DEL AMPARO CONTRA LA. (I.6o.T. J/39 (8a.))
- LAUDO ACLARACION DEL. NO PUEDE MODIFICARLO. (VI. 2o. 216 L)
- ACLARACIÓN DEL LAUDO, SOBRESEIMIENTO DEL AMPARO CONTRA LA.- (708)
- LAUDO. SU ACLARACIÓN NO ES PARTE INTEGRANTE DE ÉSTE. (II.T.264 L )
- LAUDO. EL AMPARO DEBE PROMOVERSE A PARTIR DE SU NOTIFICACIÓN, NO DESPUÉS DE LA REALIZADA A VIRTUD DE LA RESOLUCIÓN ACLARATORIA DEL LAUDO. (VI.2o.T.8 L )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis