Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS EN LA REVISION. CASO EN QUE PROCEDE SU ADMISION.

Clave: V. 2o. 207 K · Registro digital (IUS): 210613 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 406

Una excepción a la regla de no admitir pruebas durante el trámite de un recurso de revisión, está constituida por aquellos casos en que el juez de Distrito desecha una demanda de amparo y las pruebas estén encaminadas a demostrar la procedencia del juicio.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/210613-7e208912/pruebas-en-la-revision-caso-en-que-procede · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 121/94. Ayuntamiento de Hermosillo. 2 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramirez. Incidente en revisión 117/94. Eulogio Regalado Vargas. 19 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramírez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo IX-Marzo, pág. 276.

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