Corpus
Modo: Corpus Pro

USUCAPION. POSESION CON EXCESO.

Clave: II. 1o. 169 C · Registro digital (IUS): 210701 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 467

Aun cuando los testigos, no mencionen en forma precisa, a partir de cuándo comenzó a poseer la tercero perjudicada el inmueble en conflicto, si de dichos atestos se desprende que ésta lo poseyó con exceso al mínimo de cinco años requerido por la ley, para usucapir, no es preciso el conocimiento de la fecha y posteriormente demostrar, específicamente, la hora en que comenzó a correr el término de la prescripción, para estimarlo concluido, pues un día, o incluso meses de diferencia, no harían nugatorio el derecho adquirido por el transcurso del tiempo.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/210701-a2372fbd/usucapion-posesion-con-exceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1058/93. Felipe Vilchis, albacea de la sucesión intestamentaria de bienes de J. Refugio Torres Córdova y Benito Torres Córdova, albacea de la sucesión a bienes de Ramos Torres. 6 de julio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco.

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