POSESION. EL DESALOJO DEL QUEJOSO ACREDITA LA.
El único elemento que debe exigirse para la comprobación de la posesión en el juicio de amparo, es el relativo a la tenencia material de la cosa o bien cuestionado, y si consta que las autoridades responsables pretenden desalojar al quejoso de un terreno, esto significa que se encuentra en él y, por lo mismo, que tiene la posesión, por tanto, si el quejoso demostró estar en posesión de dicho terreno, al privárselo de esa posesión para hacer entrega de ella al tercero perjudicado, con ello las autoridades responsables violan los artículos 14 y 16 de la Constitución.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211731-d713ef00/posesion-el-desalojo-del-quejoso-acredita-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- POSESION. DESALOJO DEL QUEJOSO SUFICIENTE PARA ACREDITARLA. (s/clave)
- POSESION. DESALOJO DEL QUEJOSO SUFICIENTE PARA ACREDITARLA. (s/clave)
- POSESION. (s/clave)
- POSESION. (s/clave)
- POSESION. DEBE COMPROBARLA EL QUEJOSO EN EL AMPARO. (s/clave)
- POSESION, PRUEBA DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis