Corpus
Modo: Corpus Pro

EXCEPCIONES. IMPRECISION DE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 214396 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Noviembre de 1993; Pág. 351

Cuando la demandada en su contestación a la demanda se limita únicamente a negar lo expuesto por el actor, sin debatir los hechos, ni da la explicación respectiva para fundar sus excepciones y el planteamiento correcto de la litis, no puede entenderse que se trate de una real y auténtica controversia en relación a los hechos de la demanda laboral, pues es evidente que su actitud se aparta de los contemplado en la fracción IV del artículo 878 de la ley de la materia, traduciéndose ello en su perjuicio, debiendo reflejarse esa situación en el laudo y al no tenerse en cuenta, es incuestionable que dicha resolución resulta inconstitucional.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/214396-215c9d65/excepciones-imprecision-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2655/93. Ferrocarriles Nacionales de México. 29 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Angel Salazar Torres. Amparo directo 12671/92. Banco de Crédito Rural del Istmo, S.N.C. 18 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Angel Salazar Torres. Amparo directo 1811/86. Marcelino Jesús Alvarez Porras. 24 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretaria: Margarita Pérez Avila.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.