USUFRUCTO PARCELARIO, INVESTIGACION DEL. NO AFECTA EL INTERES JURIDICO DEL QUEJOSO.
Las órdenes giradas por cualquier delegado agrario con el fin de que se realice una investigación general de usufructo parcelario en un determinado ejido, en donde entre otras se encuentra incluida la unidad de dotación reclamada, no afecta los intereses jurídicos de su titular ni de los sucesores, en razón de que la misma precisamente tiene la finalidad de verificar que la unidad de dotación esté siendo usufructuada y conocer por qué persona, para que, en su caso, se inicie el procedimiento respectivo, se reconozcan derechos agrarios y se adjudique la parcela a quien legalmente le corresponda.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/217163-ccbe7729/usufructo-parcelario-investigacion-del-no-afecta-el-interes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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