Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPUTO DEL TERMINO PREVISTO POR EL ARTICULO 21 DE LA LEY DE AMPARO, LOS EFECTOS DE LA INSCRIPCION DE LOS EMBARGOS EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD NO PUEDEN TOMARSE COMO REFERENCIA PARA EL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 218482 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 246

Los efectos de la inscripción de los embargos en el Registro Público de la Propiedad no tienen los alcances de una notificación en forma para efectos del juicio de garantías, por tanto, es inconcuso que no se puede tomar ese dato como referencia para el cómputo del término previsto por el artículo 21 de la Ley de Amparo.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/218482-15169ca6/computo-del-termino-previsto-por-el-articulo-21 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 224/92. Ignacio García Nicanor. 21 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.