FERROCARRILEROS. ASIGNACION DE PUESTOS.
Si un trabajador de Ferrocarriles Nacionales de México, reclama de dicha empresa la boletinación y, en su caso, la asignación de un determinado puesto, pero no acredita la existencia de la vacante de tal puesto, resulta incuestionable que la Junta está en lo justo al absolver a la empresa de las reclamaciones que al respecto le formule su contraparte, ya que sería incongruente que se demandara un puesto vacante inexistente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/220152-3dba13ad/ferrocarrileros-asignacion-de-puestos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 279/91. José Teódulo Torres Fragoso. 6 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.
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