FERROVIARIOS, BOLETINACION DE LOS EN CASO DE PUESTOS INTERINOS.
Si una agrupación de trabajadores de los Ferrocarriles Nacionales de México, demanda a la empresa la boletinación de un puesto creado por ésta, a fin de que se le asigne al trabajador que tenga derecho a él, así como las diferencias de sueldo que haya dejado de percibir quien debió ocupar ese empleo, debe tenerse en consideración que el artículo 53 del contrato colectivo de trabajo, vigente entre la citada empresa y sus trabajadores, dice: "que cuando se establezcan nuevos puestos, con carácter de permanentes, se considerarán como vacantes.", y los artículos 54 y 754 que se refieren a la boletinación, habla expresamente de vacantes, y por lo tanto, no se refieren a los interinatos; y por último, los artículos 575 y 576 aluden a los trabajos de interinato sin imponer la obligación de boletinarlos, por lo que si un puesto nuevamente creado por la empresa se refiere a un trabajo temporal, o sea de interinato, no hay razón para que la empresa esté obligada a boletinarlo; y si bien es cierto que el artículo 16 de la Ley Federal del Trabajo establece que los casos no previstos por la citada ley o en sus reglamentos, se resuelvan de acuerdo con la costumbre o con el uso, también lo es, que como para resolver la reclamación aludida, existe disposición expresa de la Ley Federal del Trabajo, como es la contenida en el artículo 33, que establece que el contrato de trabajo obliga a lo expresamente pactado y a las consecuencias que sean conformes a la buena fe, al uso o a la ley, no es el caso de resolver de acuerdo con la costumbre, sino de conformidad con los términos del contrato de trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382000-29991526/ferroviarios-boletinacion-de-los-en-caso-de-puestos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- FERROCARRILEROS. ASIGNACION DE PUESTOS. (s/clave)
- FERROCARRILEROS. VACANTES BOLETINADAS, SIN PRESENTACION OPORTUNA DE SOLICITUD PARA OCUPARLAS. (s/clave)
- FERROCARRILEROS. ASIGNACION DE PUESTOS. (s/clave)
- TRABAJADORES, DERECHO DE ANTIGÜEDAD DE LOS, EN CASO DE REAJUSTE. (s/clave)
- FERROCARRILEROS, CATEGORIA DE LOS. (s/clave)
- FERROVIARIOS, SEPARACION DE LOS, POR CAUSA DEL ESCALAFON. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis