COMPETENCIA DE LOS JUECES DE DISTRITO EN AMPARO. SOLO PUEDEN DECLINARLA A FAVOR DE TRIBUNALES DEL PODER JUDICIAL FEDERAL.
Ningún juez de Distrito puede declararse incompetente a efecto de que el Tribunal de Arbitraje del Estado se avoque al conocimiento de la controversia planteada por la quejosa, no obstante que la Ley de Amparo no previene esa situación pues, únicamente los jueces de Distrito pueden declinar su competencia en los casos que la propia ley regula y respecto de los propios órganos que integran el Poder Judicial de la Federación, es decir, siempre se referirá a la misma vía de amparo; pero en ningún precepto de dicha legislación faculta al juez de Distrito a estimarse incompetente a favor de un órgano distinto del Poder Judicial de la Federación.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223755-e2f2619a/competencia-de-los-jueces-de-distrito-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- JUECES DE DISTRITO. (s/clave)
- INCOMPETENCIA DE LOS JUECES DE DISTRITO CONFORME A LAS REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY DE AMPARO PUBLICADAS EL 5 DE ENERO DE 1988, EN TRATANDOSE DE RESOLUCIONES RECLAMADAS QUE PONGAN (s/clave)
- COMPETENCIA DEL JUEZ DE DISTRITO. (s/clave)
- COMPETENCIA EN AMPARO. NO PUEDE PRESENTARSE UN CONFLICTO DE ESTA NATURALEZA ENTRE UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO Y UN JUEZ DE DISTRITO. (CXVIII/89)
- JUECES DE DISTRITO, CONTROVERSIA ENTRE. COMPETENCIA. (s/clave)
- COMPETENCIA DEL JUEZ DE DISTRITO. EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO SE ENCUENTRA FACULTADO PARA ANALIZARLA, AUN DE OFICIO, AL CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO EN REVISIÓN, Y SI DECIDE (III.1o.P.11 K)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis