Corpus
Modo: Corpus Pro

JUECES DE DISTRITO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 810259 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1353

Si la Corte declara que para conocer de un amparo, son competentes los Jueces de Distrito, aquél a quien toca el conocimiento, tiene la potestad necesaria para analizar la constitucionalidad de los actos reclamados, y para decidir lo procedente con relación a ellos; pero esto de ninguna manera lo autoriza para contradecir, ni menos para juzgar, de lo estatuido por la Corte, en el fallo que estableció la competencia a favor del Juez de Distrito, puesto que las decisiones de la Corte no están ya en tela de juicio, ni toca a los Jueces de Distrito impugnarlas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810259-07c7ce49/jueces-de-distrito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 1246/27. Aguilar Silviana, sucesión de. 18 de noviembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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