Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CONFESION FICTA EN MATERIA MERCANTIL. ADMITE PRUEBA EN CONTRARIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 223783 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 194

Conforme a lo dispuesto por el artículo 1290 del Código de Comercio, "el declarado confeso puede rendir prueba en contrario", lo que implica que aun cuando se declare confeso al absolvente que injustificadamente no compareció a absolver las posiciones que se le articulen, esa declaración sólo hace prueba plena cuando la confesión satisface los requisitos exigidos por el artículo 1289 de la Ley en comento, consistentes en: a) que el interesado sea capaz de obligarse; b) que los hechos sean propios y relativos a la litis; y c) que la declaración sea legal.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223783-cd1e68dd/confesion-ficta-en-materia-mercantil-admite-prueba-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 347/90. María Teresa y María Elena Flecha Gómez. 10 de Octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Roberto A. Navarro Suárez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis