Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PRUEBAS RENDIDAS EN LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, SI SE REPONE EL PROCEDIMIENTO DEBERAN SER DESAHOGADAS EN LA NUEVA FECHA QUE SE SEÑALE PARA AQUELLA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 224116 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 399

De acuerdo con los artículos 151 y 155 de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales, con excepción de la documental, las pruebas deberán ofrecerse y rendirse en la audiencia de juicio; por ende, si se ordenó la reposición del juicio constitucional por violaciones cometidas durante su tramitación, subsanadas éstas, en la nueva fecha que se fije para la celebración de la audiencia constitucional, deberán desahogarse todas aquellas pruebas que por su naturaleza, sean propias de tal fase procesal, y que hayan quedado insubsistentes por el resultado de la ejecutoria anterior.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/224116-74ba1e0e/pruebas-rendidas-en-la-audiencia-constitucional-si-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 360/90. Liboria Pérez Méndez. 29 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Roberto Javier Sánchez Rosas. Queja 12/89. Odilón García Vélez y otro. 1 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Roberto Javier Sánchez Rosas.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis