VIOLACIONES PROCESALES EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.
La omisión del juzgador en compulsar las pruebas ofrecidas por la quejosa en el cuaderno incidental, no obstante haber sido decretada la compulsa de audiencia incidental, deja en estado de indefensión a la quejosa, por lo que procede revocar la sentencia combatida y ordenar la reposición del procedimiento, pues ahora este Tribunal no podría resolver el asunto legalmente, ya que de hacerlo se violaría la fracción II del artículo 91 de la Ley de Amparo.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/224311-452e4946/violaciones-procesales-en-el-incidente-de-suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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