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Modo: Corpus Pro

DEMANDA DE AMPARO DIRECTO, PRESENTACION DE LA, ANTE AUTORIDAD DISTINTA DE LA RESPONSABLE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 225015 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 507

El artículo 165 de la Ley de Amparo, establece que la presentación de la demanda de amparo en forma directa ante autoridad distinta de la responsable, no interrumpe los términos a que se refieren los artículos 21 y 22 de la misma ley, disposición que resulta aplicable cuando dicha demanda se presenta ante un Juzgado de Distrito, en contravención a lo establecido por el artículo 163 de la Ley de la materia.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/225015-36310756/demanda-de-amparo-directo-presentacion-de-la-ante · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 64/90. Ibaur Chem, S. A. 22 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretaria: Silvia Gutiérrez Toro.

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