Corpus
Modo: Corpus Pro

DESPIDO. CARGA DE LA PRUEBA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 225630 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 178

Si los actores ejercitaron la acción de despido injustificado y la parte patronal se excepcionó argumentando que no los despidió, sino que unos renunciaron voluntariamente a su trabajo y a otros les rescindió justificadamente la relación laboral, la responsable indebidamente arrojó la carga de la prueba a los trabajadores, quiénes nada tienen que probar por no haberse controvertido su relación de trabajo y que ya no están laborando; y la demandada, en cambio, conforme al artículo 784, fracción IV, de la Ley de la materia y a su excepción de que algunos trabajadores renunciaron voluntariamente, sí tiene que demostrar estas renuncias y las causas de las rescisiones.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/225630-700492e1/despido-carga-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 639/89. David Bastos Martínez y otros. 9 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga. Secretario: Juan García Orozco.

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