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Modo: Corpus Pro

SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA. PUEDE FUNDAMENTARSE EN LAS RAZONES LEGALES EMITIDAS POR EL JUEZ, O EN LOS AGRAVIOS DE UNA DE LAS PARTES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 226139 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 470

La obligación que impone el artículo 694 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán, a los juzgadores de segunda instancia, de analizar debidamente las pruebas, la sentencia y los agravios que le son expresados, no les impide que en caso de estimar fundadas las razones que se den, bien por el juez al emitir una resolución, o en su caso por una de las partes al formular los agravios, las haga suyas, sin mas obligación que dar las razones de ello.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/226139-775d8eed/sentencia-de-segunda-instancia-puede-fundamentarse-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 75/90. Alberto Macías Alvarez. 8 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: Libertad Rodríguez Verduzco. Amparo directo 208/89. Rodolfo Mena Arroyo. 4 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: María Cristina Torres Pacheco.

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