SEGURO SOCIAL, CAPITAL CONSTITUTIVO. REQUISITOS DE MOTIVACION.
La resolución emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social que determina el cobro de un capital constitutivo derivado de un accidente de trabajo, para que cumpla con el requisito de la debida motivación contenido en el artículo 16 Constitucional, no basta que en ella se señalen los conceptos por los cuales se integró el referido capital, la cantidad con el impuesto global así como el desglose en el mismo del importe de cada una de las prestaciones que lo integran; sino que es necesario explicar el procedimiento utilizado para determinar el valor de cada una de dichas prestaciones.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227432-2896a5cc/seguro-social-capital-constitutivo-requisitos-de-motivacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CAPITAL CONSTITUTIVO. MOTIVACION DEL. (I.2o.A. J/38)
- CAPITALES CONSTITUTIVOS. CUANDO CUMPLEN EL REQUISITO DE FUNDAMENTACION Y MOTIVACION. (VI.2o. 2 A)
- SEGURO SOCIAL. CAPITAL CONSTITUTIVO. CARGA DE LA PRUEBA. (s/clave)
- CAPITALES CONSTITUTIVOS. ELEMENTOS PARA DETERMINAR SU PROPORCIONALIDAD. (III.2o.T.13 A)
- SEGURO SOCIAL. CAPITAL CONSTITUTIVO. SU FUNDAMENTACION Y MOTIVACION DEBEN CONSTAR EN LA RESOLUCION QUE LO FINCA. (s/clave)
- CAPITALES CONSTITUTIVOS. PARA SU DEBIDA FUNDAMENTACIÓN BASTA CITAR LOS PRECEPTOS RELATIVOS A LOS ASPECTOS ESENCIALES A ESTA CONTRIBUCIÓN PECULIAR.- (23)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis