BENEFICIARIOS ASCENDIENTES. CARGA DE LA PRUEBA DE SU DEPENDENCIA ECONOMICA.
En los términos de la fracción II del artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, para efectos de recibir la indemnización por muerte del trabajador, los ascendientes de éste podrán concurrir conjuntamente con la viuda o el viudo que hubiese dependido económicamente del difunto y que tenga una incapacidad de 50% o más, y además de los hijos menores de dieciséis años y los mayores de esa edad si tienen una incapacidad de 50% o más; lo que pone de manifiesto que con base en dicho artículo a la parte que se oponga corresponde acreditar que dichos ascendientes no dependían económicamente del trabajador.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227696-864a5da8/beneficiarios-ascendientes-carga-de-la-prueba-de-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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