Corpus
Modo: Corpus Pro

MEDIOS PREPARATORIOS DE JUICIO, LA COMISION NACIONAL DE VALORES ES INCOMPETENTE PARA CONOCER DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 228661 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 458

Si en un procedimiento donde se ventilan actos prejudiciales, se promueve un incidente de incompetencia por declinatoria de la autoridad jurisdiccional, por estimarse que debió agotarse previamente el procedimiento conciliatorio establecido en el artículo 87, fracción I, de la Ley del Mercado de Valores, la cuestión de incompetencia planteada resulta improcedente por el hecho de que la autoridad jurisdiccional está impedida para declinar su competencia en favor de la Comisión Nacional de Valores, en virtud de que dicha autoridad administrativa carece de jurisdicción para conocer de los medios preparatorios a juicio, promovidos ante un órgano jurisdiccional.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/228661-f667477d/medios-preparatorios-de-juicio-la-comision-nacional-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 103/89. Probursa, S.A. de C.V. 11 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Torres Medina de González. Secretario: Ramón Sandoval Hernández.

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