SALARIOS VENCIDOS. SU MONTO DEBE SER PRECISADO POR LA JUNTA, CONSIDERANDO TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS INHERENTES, EN EL LAUDO DICTADO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA.
La junta incurrió en defecto en la ejecución de la sentencia de amparo, al no precisar en forma clara y congruente cuál era el salario que tomaba como base para computar los salarios caídos (el afirmado por el actor, o por el demandado, o el que resultó de la inspección ocular) y el porqué de esa conclusión, así como cuáles han sido los incrementos salariales que determinan el aumento de la condena, dado que, la ejecutoria lo constriñó a resolver respecto "al pago de salarios caídos, con los incrementos que se hayan dado, desde la época del despido hasta la cumplimentación del laudo", por tanto, es obvio que debe precisar cuál es el salario base y cuáles han sido los incrementos que se toman en cuenta para tal efecto, así como si el trabajador desempeñaba una o dos jornadas, pues esto es concomitante a esa prestación.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/229094-4f86f554/salarios-vencidos-su-monto-debe-ser-precisado-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SALARIOS CAIDOS, PAGO DE LOS, CON LOS AUMENTOS QUE SOBRE EL MINIMO OCURREN DURANTE LA TRAMITACION DEL JUICIO. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS. DEBEN TOMARSE EN CUENTA LOS INCREMENTOS SALARIALES QUE SE REALICEN DURANTE LA TRAMITACION DEL JUICIO LABORAL. (IV.3o.152 L)
- SALARIOS VENCIDOS, MONTO DE LOS. DEBEN CONSIDERARSE LOS INCREMENTOS ORIGINADOS DURANTE EL JUICIO HASTA LA FECHA EN QUE SE CUMPLIMENTE EL LAUDO. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS. DEBEN PAGARSE CONFORME A LOS AUMENTOS A LOS SALARIOS MINIMOS HABIDOS HASTA LA CUMPLIMENTACION DEL LAUDO CONDENATORIO. (s/clave)
- SALARIOS CAIDOS. PARA ESTABLECERLOS DEBE TOMARSE EN CUENTA EL INCREMENTO QUE HA TENIDO EL SALARIO MINIMO DURANTE EL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- SALARIOS VENCIDOS. MONTO DE LOS, CUANDO SE CUBRIÓ LA INDEMNIZACIÓN ESTABLECIDA EN UN LAUDO ANTERIOR, CUYO MONTO RESULTÓ EQUIVOCADO DEBIDO A UN ERROR DE LA RESPONSABLE.- (961)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis