ADJUDICACION DE BIEN EMBARGADO AL EJECUTANTE. APELACION PROCEDENTE.
Si bien es cierto que existen algunas diferencias entre la resolución aprobatoria del remate de un bien inmueble al mejor postor, y la que adjudica aquél en favor del ejecutante ante la ausencia de postores, particularmente derivadas de que ambas resoluciones se pronuncian en procedimientos diversos y porque son distintas las personas a quiénes, en cada caso, se adjudica el bien rematado, también lo es que tales diferencias son irrelevantes para considerar que la determinación referida en segundo lugar no se encuentra regulada por el último párrafo del artículo 580 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, el cual establece que la decisión que apruebe o desapruebe el remate será apelable en ambos efectos, toda vez que las consecuencias jurídicas que produce la resolución mencionada en primer lugar son las mismas, o sea, adjudicar a una persona distinta del ejecutante la propiedad del bien embargado, poniendo fin al procedimiento de remate; en tal situación, es inconcuso que las dos resoluciones se rigen por la misma disposición contenida en el citado precepto y, por tanto, las dos son apelables.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/229709-40878ef1/adjudicacion-de-bien-embargado-al-ejecutante-apelacion-procedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ADJUDICACION EN FAVOR DEL ACREEDOR, NATURALEZA DEL AUTO QUE LA DECRETA. (s/clave)
- REMATE PRACTICADO EN LA VÍA DE APREMIO. LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA LA DETERMINACIÓN QUE LO DECLARA FINCADO EN FAVOR DEL POSTOR QUE HUBIERE HECHO LA ÚLTIMA POSTURA O PUJA Y QUE, EN (I.9o.C.185 C)
- REMATE. ES REQUISITO INDISPENSABLE QUE ESTE OTORGADA LA ESCRITURA RESPECTIVA, PARA QUE SE DECRETE LA PROCEDENCIA DE LA TOMA DE POSESION DE UN INMUEBLE ADJUDICADO EN. (I.3o.C.111 C)
- REMATE, APELACION DEL AUTO DE. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO DE REMATE. LA OPORTUNIDAD PARA ACUDIR AL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO ES DESDE EL AUTO QUE ORDENA LA ENTREGA DE LA POSESIÓN DEL BIEN INMUEBLE REMATADO AL ADJUDICATARIO, (I.12o.C.142 C (10a.))
- ADJUDICACION Y REMATE, APELACION DE LOS AUTOS DE. (635)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis