PETROLEROS TRANSITORIOS, PERIODO DE CONTRATACION DE LOS. ES EL QUE SE PRECISA EN EL PROPIO CONTRATO.
Si la demandada contrató al actor para desempeñar un puesto mediante un contrato celebrado por un lapso determinado y sin indicar en el mismo que sería por el tiempo que el titular de la plaza desarrollara diversa actividad, aun cuando la empresa acreditara en el juicio que incurrió en error al no mencionar el motivo de la contratación, tal circunstancia no puede modificar la vigencia del contrato celebrado, puesto que tal actitud se traduciría en una modificación unilateral de las condiciones de la contratación, lo cual no está permitido, y la consecuente lesión de los derechos que adquirió el trabajador.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230318-7393d386/petroleros-transitorios-periodo-de-contratacion-de-los-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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