ACCION, ESTUDIO DE LA.
Es verdad que la acción procede en juicio aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que se determine con claridad la clase de prestación que se exige del demandado y el título o causa; pero si de los hechos narrados en la demanda se desprende cuál es la acción que se está ejercitando, el órgano judicial no puede variarla, pues con ello modificaría el origen o causa de pedir y por ende, debe estarse a la ejercitada.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230830-729449b1/accion-estudio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 319/88. José Magadán Artega. 26 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Juan Castillo Duque.
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