Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

COMPENSACION, EXCEPCION DE. REQUISITOS PARA SU PROCEDENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 231111 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 172

De conformidad con los artículos 2185, 2187, 2188, 2189 y 2190 del Código Civil para el Distrito Federal, la compensación tiene lugar cuando dos personas se deben, recíprocamente, una cantidad de dinero o algunas cosas fungibles de la misma especie y calidad, siendo ambas deudas líquidas y exigibles, entendiéndose por deuda líquida, aquella cuyo monto esté determinado o pueda determinarse dentro del plazo de nueve días, y por deuda exigible, aquella cuyo pago no pueda rehusarse conforme a derecho; por tanto, independientemente de que se hubiera probado que una persona cedió a otra el 51% de sus derechos de propiedad de una negociación mercantil y que, a cambio ésta le transmitió los derechos de la nuda propiedad que tenía sobre un inmueble, tales hechos no son constitutivos de la excepción de compensación, pues la circunstancia de que ambas se hubieran transmitido en forma recíproca, los derechos que a cada una correspondía de la negociación mercantil y del bien raíz citados, no implica que la primera debiera a la segunda alguna cantidad de dinero o cosa fungible, ni a la inversa, consecuentemente, no se actualiza en la especie la excepción de compensación opuesta.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/231111-ae4390ad/compensacion-excepcion-de-requisitos-para-su-procedencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 525/88. Sergio Martín del Campo Gomariz. 24 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Ponce Farías. Secretaria: Ana Rosa Granados Guerrero.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis