CADUCIDAD, PROCEDENCIA DE LA.
La procedencia de la caducidad de la instancia, con fundamento en los artículos 107, fracción XIV, de la Constitución Federal, y 74, fracción V, de la Ley de Amparo, no se desvirtúa por la circunstancia de que se hubiese returnado el asunto al Ministro ponente, por retiro del que lo fue con anterioridad, si en esa fecha ya había operado la caducidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/232736-df92ab62/caducidad-procedencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 103/75. Guadalupe Petlacalco Momox y otros. 14 de junio de 1977. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.
Amparo en revisión 5873/74. Francisco Villarreal Elizondo. 14 de junio de 1977. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.
Amparo en revisión 1923/64. Luz Martínez Aguilar de Oto y otros. 14 de junio de 1977. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.
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