RIÑA, LA PARTICIPACION EN UNA, NO CONSTITUYE DELITO POR SI MISMA.
La participación en una riña, por sí misma, no constituye delito, pues la riña es sólo una modalidad en la comisión de los delitos de lesiones u homicidio y la responsabilidad por alguno de éstos surge no por la participación en la riña, sino por dar muerte o lesionar a la víctima dentro de una contienda de obra, calificada como tal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234191-2ebfbd2e/rina-la-participacion-en-una-no-constituye-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4327/84. Javier Casillas Loza. 20 de agosto de 1984. Cinco votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 281 y sus relacionadas, página 606 y siguientes.
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