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Modo: Corpus Pro

ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS, IMPORTACION DE. IRRELEVANCIA DEL PUNTO DE ORIGEN.

Clave: — · Registro digital (IUS): 234216 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Segunda Parte; Pág. 13

La integración del delito previsto por el artículo 84, fracción I, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos no exige que esté plenamente demostrado el lugar del extranjero en donde el agente haya adquirido los objetos, pues para la configuración de dicho ilícito el tipo sólo sanciona la introducción ilegal a la República, en forma clandestina, de armas, municiones, explosivos y materiales de uso exclusivo de las fuerzas armadas o sujetos a control, sin importar el lugar de su procedencia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234216-3ed70a2b/armas-de-fuego-y-explosivos-importacion-de-irrelevancia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 7442/83. Francisco Purata Delgado. 29 de febrero de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.

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