MINISTERIO PUBLICO, ACUSACION DEL, NO REBASADA, CUANDO SE CONDENA A MENOS DE LO QUE PIDE.
Es inexacto que si el Ministerio Público formula agravios al apelar pidiendo que el delito se considere como calificado y el Tribunal de alzada considera el ilícito como simple, la autoridad responsable esté substituyendo al Ministerio Público. Es cierto que no puede el sentenciador sustituirse al Ministerio Público, pero ese impedimento opera cuando el Ministerio Público pide menos, y no cuando pide más de lo que se le da.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234740-01e68566/ministerio-publico-acusacion-del-no-rebasada-cuando-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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