Corpus
Modo: Corpus Pro

PERITO SINGULAR.

Clave: — · Registro digital (IUS): 235253 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 87, Segunda Parte; Pág. 66

Si bien es cierto que el artículo 221 del Código Federal de Procedimientos Penales, dispone que por regla general los peritos que examinan deberán ser dos o más, bastará con uno solo cuando su opinión pericial se encuentre corroborada por otros indicios.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235253-d1938cd8/perito-singular · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5245/75. Mauro Serna Villarreal. 24 de marzo de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XXVIII, página 95. Amparo directo 197/59. José Cuenca Unzueta. 20 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

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