PARAFINA, PRUEBA DE LA. PERITO SINGULAR.
No constituye violación el hecho de que la pericial parafinoscópica sea suscrita por un solo perito, en tanto que el artículo 251 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco establece claramente que los peritos deberán ser dos o más, pero bastará uno cuando éste pueda ser habido. Máxime cuando la opinión del perito singular se encuentra corroborada por otro indicios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236493-ab50563e/parafina-prueba-de-la-perito-singular · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 241/72. Josefina Fernández viuda de Valencia. 14 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
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