ASALTO, AUSENCIA DE POSIBILIDAD DE AUXILIO COMO ELEMENTO DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
No se acredita el cuerpo del delito de asalto, previsto por el artículo 273 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, si los actos violentos fueron realizados contra las víctimas dentro de un camión de pasajeros que detuvieron los delincuentes y en que viajaban muchas otras personas; de tal manera que al estar los ofendidos en posibilidad de ser auxiliados, quedó desnaturalizado el elemento que integra el ilícito de que se trata, consistente en cometerlo en la soledad de un paraje o en despoblado, que significa ausencia de toda ayuda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235295-8d581284/asalto-ausencia-de-posibilidad-de-auxilio-como-elemento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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