FRAUDE, EXISTENCIA DEL DELITO DE.
No es violatoria de garantías la sentencia que condena al inculpado por el delito de fraude, si de autos aparece que éste, engañando a la institución bancaria de la que era gerente y a la que desde luego debía absoluta fidelidad por el puesto que ostentaba, aportó su cooperación para la realización de actos sin los cuales el fraude cometido al Banco no hubiera sido posible llevarlo a cabo, aunque dicho inculpado no alcance lucro indebido en forma directa, que sí obtuvo su coacusado; y sin que pueda decirse que el elemento "lucro indebido", no se evidencie también en cuanto al inculpado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235306-68bcf10c/fraude-existencia-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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