CHEQUES SIN FONDOS. IRRELEVANCIA DE LA FALTA DE LA EXPRESION "INCONDICIONAL".
Resulta inexacto que el cheque materia del delito reprochado al inculpado no reúna los requisitos establecidos por el artículo 176, fracción III, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por carecer el título de la palabra "incondicional", ya que este requisito se cumple no con la literalidad de una formulación en el texto del cheque, sino que dicho requisito se satisface por la no inclusión en el documento de cláusulas que impliquen condiciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235923-ef54a33a/cheques-sin-fondos-irrelevancia-de-la-falta-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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