PERITOS, CASO DE IRRELEVANCIA DE LA OCUPACION DE LOS.
La circunstancia de la calidad social de una persona no es impedimento para que sea designada como perito, cuando sólo se requieren los conocimientos necesarios para saber el valor de las cosas dentro del mercado y el discernimiento indispensable para calcular el valor intrínseco de las mismas, independientemente del trabajo que se desarrolle en la vida diaria; y si no existe prueba de que las personas designadas por el Juez como peritos sean incapaces para conocer las referidas circunstancias, significa que son personas con los conocimientos requeridos para el efecto, sea cual fuere su oficio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236060-90d95dfb/peritos-caso-de-irrelevancia-de-la-ocupacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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