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Modo: Corpus Pro

CHEQUES, FRAUDE COMETIDO POR MEDIO DE. COMPETENCIA DEL FUERO COMUN.

Clave: — · Registro digital (IUS): 236165 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Segunda Parte; Pág. 17

Cuando no está probado que un cheque haya sido devuelto por alguna de las causas que cita el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, no está comprendido en la hipótesis de ese precepto y debe considerarse el caso como delito de fraude previsto por el Código Penal del Estado donde se cometió el delito, y por lo mismo, la competencia para conocer del proceso corresponde a las autoridades del orden común, por no quedar comprendido en ninguno de los incisos de la fracción I, del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que es el que determina cuáles son los delitos del orden federal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236165-ea9451f5/cheques-fraude-cometido-por-medio-de-competencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 70/71. Suscitada entre los Jueces Tercero de Distrito de el Estado de Jalisco y Segundo de lo Criminal de Guadalajara. 22 de junio de 1973. Mayoría de tres votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 47, página 22. Competencia 46/72. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito de el Estado de Jalisco de Primera Instancia de Ciudad Guzmán de la citada entidad federativa. 9 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Volumen 47, página 22. Competencia 38/72. Suscitada entre los Jueces de Distrito de el Estado de Tamaulipas y Mixto de Primera Instancia del 9o. Distrito Judicial de Xicoténcatl, de la citada entidad federativa. 9 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Volumen 47, página 22. Competencia 45/72. Suscitada entre los Jueces Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz y Primero Penal del Distrito Federal. 10 de noviembre de 1972. Mayoría de tres votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Véanse: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Primera Parte, Pleno, tesis 27, página 140, de rubro "FRAUDE POR MEDIO DE CHEQUES. COMPETENCIA DEL FUERO COMUN.".

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