APELACION, SENTENCIA DE. NO PUEDE AGRAVAR LA SITUACION DEL REO EN CUESTIONES NO IMPUGNADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO.
La omisión total en los resolutivos de la sentencia del Juez a quo de una cuestión examinada en sus considerandos, si no ha sido objeto de impugnación por el Ministerio Público mediante el recurso de apelación, deviene intocada, por lo que al tribunal ad quem no le es dable analizarla oficiosamente y, a pretexto de adicionar la sentencia recurrida, modificar ésta, habida cuenta que este proceder implica agravar la situación del reo con quebranto de sus derechos públicos subjetivos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236331-99f694e5/apelacion-sentencia-de-no-puede-agravar-la-situacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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