APELACION EN MATERIA PENAL.
Si el reo interpuso apelación sin expresar agravios y el Ministerio Público, por su parte, se conformó con la sentencia, y en tales condiciones, la Sala responsable, modificando la sentencia de primera instancia aludida, sustituyó la reclusión que en la misma se había ordenado por pena de prisión, indudablemente que con ello agravó la situación del reo, particularidad que origina que se conceda a éste la protección federal, para el solo efecto de que la propia Sala señalada como responsable, dicte nueva sentencia en la que, de suplir la deficiencia de agravios de apelación no expresados por el reo, lo haga sin agravar o perjudicar la situación creada para éste en primera instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298245-5ef776e0/apelacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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